REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2133 DE LA COMISIÓN de 18 de septiembre de 2026 por el que se impone una medida provisional de salvaguardia respecto a las importaciones de determinados productos laminados planos de acero magnético al silicio, de grano orientado ANEXO I ANEXO II ANEXO III

Visto el Reglamento (UE) 2015/478 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015 ( 1 ) , y en particular sus artículos 5 y 7, Visto el Reglamento (UE) 2015/755 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015 ( 2 ) , y en particular sus artículos 3 y 4, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo ( 3 ) , y en particular su artículo 113, apartado 3, párrafo segundo, Tras haber consultado al Comité sobre salvaguardias establecido en virtud del artículo 3, apartado 3, del Reglamento (UE) 2015/478 y el artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2015/755, respectivamente, El 27 de marzo de 2026, la Comisión publicó un anuncio de inicio de una investigación de salvaguardia relativa a las importaciones de 1) determinados productos laminados planos de acero magnético al silicio, de grano orientado («AMGO»); y 2) laminaciones y núcleos de acero, estén apilados

Leer el texto original en EUR-Lex