REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2098 DE LA COMISIÓN de 18 de septiembre de 2026 que se establece los elementos mínimos de metadatos y las características de dichos elementos que deben facilitar los tenedores de datos de salud para las descripciones de conjuntos de datos a efectos del uso secundario de datos de salud electrónicos con arreglo al artículo 77, apartado 4, del Reglamento (UE) 2025/327, por el que se crea el Espacio Europeo de Datos de Salud
Visto el Reglamento (UE) 2025/327 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2025, relativo al Espacio Europeo de Datos de Salud, y por el que se modifican la Directiva 2011/24/UE y el Reglamento (UE) 2024/2847 ( 1 ) , y en particular su artículo 77, apartado 4, primera frase, El artículo 77, apartado 1, del Reglamento (UE) 2025/327, exige a los organismos de acceso a datos de salud que pongan a disposición del público catálogos de conjuntos de datos con una descripción en forma de metadatos de los conjuntos de datos disponibles para el uso secundario de datos de salud electrónicos que incluya información sobre la fuente, el alcance, las principales características y la naturaleza de los datos de salud electrónicos en el conjunto de datos y las condiciones de disponibilidad de dichos datos.