REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2042 DE LA COMISIÓN de 11 de septiembre de 2026 por el que se concede una autorización de la Unión para el biocida «OXTERIL ® 350 VHP» de conformidad con el Reglamento (UE) n. o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) ANEXO RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO BIOCIDA
Visto el Reglamento (UE) n. o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas ( 1 ) , y en particular su artículo 44, apartado 5, párrafo primero, El 30 de septiembre de 2025, Evonik Operations GmbH presentó a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («la Agencia»), de conformidad con el artículo 43, apartado 1, del Reglamento (UE) n. o 528/2012 y con el artículo 4 del Reglamento de Ejecución (UE) n. o 414/2013 de la Comisión ( 2 ) , una solicitud de autorización de la Unión para el mismo biocida, según se establece en el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) n. o 414/2013 de la Comisión, denominado «OXTERIL® 350 VHP», de los tipos de producto 2 y 4 según se describen en el anexo V del Reglamento (UE) n. o 528/2012. La solicitud se registró con el número de caso BC-RG110491-49 en el Registro de