REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2022 DE LA COMISIÓN de 10 de septiembre de 2026 por el que se someten a registro las importaciones de mallas soldadas de acero originarias de la República Popular China y de Turquía con el fin de permitir la imposición de derechos antidumping sobre las importaciones sujetas a registro

Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea ( 1 ) («el Reglamento de base»), y en particular su artículo 14, apartado 5, El 3 de junio de 2026, la Comisión Europea («la Comisión») comunicó, mediante un anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea ( 2 ) , el inicio de un procedimiento antidumping relativo a las importaciones en la Unión de mallas soldadas de acero originarias de la República Popular China y de Turquía. Este procedimiento se inició a raíz de una denuncia que había presentado el 20 de abril de 2026 la European Welded Steel Mesh Producers Association en nombre de fabricantes que representan más del 25 % de la producción total de la Unión de mallas soldadas de acero.

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