REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/1925 DE LA COMISIÓN de 6 de agosto de 2026 por el que se abre una investigación relativa a la posible elusión de las medidas antidumping impuestas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/357 a las importaciones de determinados tejidos de malla abierta hechos de fibra de vidrio originarios de la República Popular China mediante las importaciones de determinados tejidos de malla abierta procedentes de Kosovo ( * ) , Moldavia, Macedonia del Norte y Serbia, hayan s
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea ( 1 ) («el Reglamento de base»), y en particular su artículo 13, apartado 3, y su artículo 14, apartado 5, Se ha pedido a la Comisión Europea («la Comisión»), con arreglo al artículo 13, apartado 3, y al artículo 14, apartado 5, del Reglamento de base, que investigue la posible elusión de las medidas antidumping establecidas sobre las importaciones de tejidos de malla abierta originarios de la República Popular China y que se establezca la obligación de registro de las importaciones de tejidos de malla abierta procedentes de Kosovo, Moldavia, Macedonia del Norte y Serbia, independientemente de que hayan sido o no declarados originarios de esos países.