DECISIÓN (UE) 2026/1918 DEL CONSEJO de 4 de junio de 2026 relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) con fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 16, apartado 2, y su artículo 87, apartado 2, letra a), en relación con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), De conformidad con la Decisión (UE) 2025/1965 del Consejo ( 2 ) , el Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR, por sus siglas en inglés) con fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves (en lo sucesivo, «Acuerdo») se firmó el 14 de octubre de 2025, a reserva de su celebración en una fecha posterior. El Acuerdo establece la transferencia de datos del PNR por parte de las compañías aéreas de la Unión a Islandia respetando plenamente los derechos contemplados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular

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