REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2026/1119 DE LA COMISIÓN de 26 de mayo de 2026 por el que se completa el Reglamento (UE) 2024/3005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican la información que debe incluirse en la solicitud de autorización como proveedor de calificaciones ASG y en la solicitud de reconocimiento de un proveedor de calificaciones ASG

Visto el Reglamento (UE) 2024/3005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, relativo a la transparencia e integridad de las actividades de calificación ambiental, social y de gobernanza (ASG), y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2019/2088 y (UE) 2023/2859 ( 1 ) , y en particular su artículo 6, apartado 3, párrafo tercero, y su artículo 12, apartado 9, párrafo tercero, De conformidad con los objetivos generales del Reglamento (UE) 2024/3005, en particular mejorar la transparencia y la fiabilidad de las operaciones de los proveedores de calificaciones ASG, conviene que el presente Reglamento garantice que la información que debe presentarse a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) a efectos de los procesos de autorización y reconocimiento de los proveedores de calificaciones ASG sea suficiente para que la AEVM pueda tomar decisiones pertinente

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